Al recién nominado interinamente Procurador General de Justicia en el Estado, Carlos Alberto Navarro Sugich se le podrá tildar, quizá, de muchas y variadas cosas, menos de no ser hombre integro, de evidente apego al vínculo familiar, sano como pocos, fiel creyente católico, y muy , pero muy, amigable.
Tan es así, que nunca dudo en demostrar ese don de la amistad, cuando, siendo Subprocurador de Justicia, extendió nombramiento como Director de Control de Procesos de la Procuraduría a un abogado, a saber, uno de sus compañeros de generación universitaria y fiel amigo, Osvaldo Ordorica Hodgers; ambos, de tiempo atrás, se han demostrado camaradería a toda prueba.
No esta demás decir que legalmente careció en todo momento de facultades para tal nominación, y así se exhibe en una demanda de juicio político contra el hoy Fiscal Estatal.
Ordorica Hodgers, egresado de la High School del colegio Lourdes de Nogales, Arizona, y Navarro Sugich, coincidieron en la Escuela de Derecho de la Universidad de Hermosillo, a saber, una institución cuyo registro legal hace unos años fue suspendido por la Secretaría de Educación Pública, por no reunir las características de excelencia y curricular que se exige para la operación de esas instituciones.
Fue, hasta su desaparición, una “universidad patito”, se dijo y se demostró en aquel entonces.
Aun así, estos amigos formaron parte de una pléyade de profesionistas, nóveles militantes del PAN, que cursaron “maestrías” en Universidades de Estados Unidos. A estos compañeros de generación universitaria, y, al tiempo actual, responsables de la procuración de justicia en Sonora, le tocaría coincidir en una Institución en Nueva York.
Ahora, uno de ellos, Carlos Navarro Sugich, como encargado del despacho del Procurador General de Justicia, a la renuncia de su titular, Abel Murrieta, le ha brincado pública y legalmente varias denuncias penales por ejercicio indebido de un deber legal, y otras, muchos otras, acompañadas de sendos juicios políticos.
Y todo, dice el texto de una de las demandas, porque aquel nombramiento extendido por Navarro Sugich a su amigo y compañero de maestría en Nueva York, el citado a Ordorica, fue resultado de un acto al margen de la Ley y, por lo tanto, sin facultades para ejecutarlo... Y aun así lo hizo.
Benjamín Leonardo Largada Burton, es el particular que ha denunciado penalmente ante la justicia local y federal a Ordorica Hodgers por presuntos delitos cometidos por servidores públicos contra la sociedad, el mismo quejoso, y contra la procuración y administración de justicia. La usurpación de funciones, es otro de ellos.
Navarro ha seguido la misma suerte, solo que éste, en calidad de Subprocurador, antes, y hoy Procurador interino, le resulta en demanda de juicio político ante el Congreso del Estado, derivado de atribuirse facultades no previstas en la Constitución General para el Estado de Sonora, menos en la Ley Orgánica que rige la PGJE. Y menos para posicionar a un amigo en el aparato político del Gobierno del Estado que funge como abogado del pueblo.
A Navarro se le acusa de haber designado al Director de Control de Procesos, Osvaldo Ordorica Hodgers, invistiéndolo materialmente como Agente del Ministerio Público sin serlo, cuando la Constitución Política del Estado, establece que para ser representante social se requiere ser nombrado por el Gobernador del Estado, a propuesta en terna del Procurador de Justicia, procedimiento legal que desatendió el hoy encargado de la oficina del Procurador, cuando fungía como Subprocurador de Justicia.
O lo dejaron desatender, se dice al interior de la oficina de la fiscalía estatal. Hay voces –y así lo constató Dossier Político- que insisten en que “la piedra en el zapato del nuevo Procurador”, fue dejada por su antecesor, Abel Murrieta, cuyo alboroto por una candidatura a un puesto de elección popular investido por el PRI es más que evidente. O al menos así lo ha dejado ente ver.
En la demanda de Juicio Político en su contra, se le atribuye a Navarro Sugich la presunción de haber cometido el delito de usurpar funciones, siendo este subalterno en el organigrama de la máxima Institución del Ministerio Público. Esto es, habría el acusado, otorgando un nombramiento de un acto ‘no delegable’ por el titular: El procurador, convertido ya en ex y hoy auto candidateable.
Por añadidura, a Ordorica Hodgers le resulta, según la parte demandante, el presunto acto delictivo de ejercicio indebido, toda vez que ejerce, o ejerció, las funciones inherentes a su cargo sin cumplir los requisitos legales para ello, previsto en el artículo 184, fracción I, del Código Penal para el Estado de Sonora.
También el demandante se apega al artículo 201, fracción V de Código Penal de Sonora, que señala que ambos funcionarios incurrieron en clasificación de documentos.
El precepto reza:
Artículo 201.- El delito de falsificación de documentos se comete por alguno de los medios
siguientes:
Fracción V. …Atribuyéndose el que extiende el documento, o atribuyendo a la persona en cuyo nombre se hace, un nombre o una investidura, calidad o circunstancia que no tenga y que sea necesaria para la validez del acto. (sic)
Existen, además, antecedentes de varias denuncias penales contra el hoy Procurador, como ya dio cuenta Dossier en anteriores entregas periodísticas derivadas de una investigación especial. Estas, versan sobre los presuntos delitos de despojo, ejercicio de un deber legal y lo que resulte. Son actos de autoridad ejecutados por ambos funcionarios, por un litigio por la posesión de terrenos ubicados al norponiente de Hermosillo y que a decir de la parte quejos, carecen de valides legal.
En la demanda de Juicio Político, Largada Burton, hace ver al Legislativo de Sonora, que el acto punitivo en el que incurrió el hoy Procurador, habrá de derivar en que todos los actos legales signados y emprendidos por el Director de Control de Procesos de la PGJE, carecen de valides legal, lo que dice mucho de la crisis legal que enfrentará la Fiscalía Estatal. Esto es, que todos los procedimientos procesales y ministeriales que realizó Ordorica Hodgers no tienen valides ni sustento legal.
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