Debe detenerse Presa Pilares: Maloro Acosta

Luego de que el Tribunal Unitario Agrario distrito 35 con sede en Ciudad Obregón, fallara en contra de la presa Los Pilares (Bicentenario) su construcción deben detenerse de inmediato, sentenció Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez.

El director general del Registro Agrario Nacional (RAN) aseguró que la dependencia federal a su cargo hará valer el Estado de Derecho en el caso de la construcción de dicha obra.

“Si un tribunal resuelve eso, nosotros lo tenemos que respetar y tenemos la obligación de acatar…es una resolución ya dictada en los tribunales agrarios, por lo tanto aquel que no la acate está incurriendo en una responsabilidad grave” afirmó.

Aunque no quiso entrar en detalles sobre el fondo de la resolución del Tribunal Agrario contra la presa Los Pilares, fue enfático al señalar que se debe acatar el ordenamiento judicial en la concesión del amparo a los quejosos.

“Todos los días recibimos resoluciones de los tribunales y lo más importante es que aunque estés o no de acuerdo, se tiene que acatar, porque todos, pero principalmente nosotros como servidores públicos, debemos ser garantes del estado de derecho” recalcó.

De acuerdo con información oficial, el Tribunal Unitario Agrario ordenó a través de los oficios 431/2013 (Chorijoa)430/2013 (Sejaqui) la suspensión de la obra de la presa Los Pilares, prohibiendo al Fondo de Operación de Obras de Sonora, Sistema Integral, y a la empresa Inmobiliaria Canoras, S.A. de C.V. entrar en las comunidades de Sejaqui y Chorijoa, en tanto no se resuelva de manera definitiva la demanda interpuesta.

Cabe señalar que el documento en que se decreta el amparo provisional data del 23 de septiembre y el 27 de septiembre fue publicado en el boletín de acuerdos del Tribunal Unitario Agrario, Distrito 35, sin embargo, el 30 de septiembre el gobernador Guillermo Padrés Elías no tuvo ningún reparo en poner la Primera Piedra en el Río Mayo, para la construcción de la obra
 

Comentarios

Comenta ésta nota

Su correo no será publicado, son obligatorios los campos marcados con: *