En ese sentido, explicó que una infracción enviada únicamente por correo electrónico no cumpliría con lo establecido dentro de la normativa municipal vigente.
“Si no es entregada por un agente de tránsito, no tiene validez”, reiteró la diputada perteneciente a la LXIV Legislatura del órgano del Poder Legislativo.
Sobre el caso del ciudadano que denunció haber recibido la notificación digital, dijo que correspondería al propio afectado acudir ante un juez calificador para solicitar la revocación de la multa.
Por su parte, David Figueroa Ortega criticó la aplicación de este tipo de fotomultas, al considerar que existe un interés meramente recaudatorio por parte del Ayuntamiento de Hermosillo.
“Entiendo el tema de la movilidad y entiendo que hay que buscar límites de velocidad, del cuidado y la seguridad de los ciudadanos. Eso me queda muy claro. Pero el tema de las automultas no busca eso. Lo que están buscando es un tema recaudatorio netamente”, expresó.
El legislador señaló que en distintos puntos de la ciudad es común observar operativos de tránsito enfocados en detectar exceso de velocidad, aunque estos no tienen un carácter preventivo.
En cualquier parte los ves con la finalidad nada más de multar, de infraccionar, no con la finalidad de prevenir, de cuidar al ciudadano, sino cómo recaudarAsimismo, consideró que el gobierno municipal estaría buscando mecanismos legales para continuar aplicando este tipo de sanciones pese a las restricciones aprobadas por el Congreso del Estado.
“Me parece desafortunado que estén buscando artilugios legales para exprimir los bolsillos de los ciudadanos hermosillenses”, manifestó.
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De acuerdo con el Artículo 165 de la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de Hermosillo para el ejercicio fiscal 2026, para el establecimiento de la responsabilidad por la comisión de infracciones a las normas de tránsito, estas solo podrán generarse mediante la intervención de un agente de tránsito legalmente facultado y acreditado.
El mismo artículo establece que las infracciones generadas por medios distintos incluso por herramientas tecnológicas o dispositivos electrónicos quedarán sin efectos.
Además, la normativa señala que cualquier recurso de inconformidad o impugnación deberá interponerse ante el juez calificador por escrito dentro de los cinco días hábiles posteriores a la aplicación de la sanción.
https://oem.com.mx/elsoldehermosillo/local/diputados-de-sonora-aseguran-que-fotomultas-por-correo-no-tienen-validez-en-hermosillo-29964868