Piden mejor justicia en Sonora antes que reformar tipo penal de feminicidio

Tomado de: La Jornada
Dia de publicación: 2022-07-01

La reforma que modifica la tipificación del feminicidio en el Código Penal de Sonora es necesaria, admitió el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), pero consideró que antes de analizar este cambio urge resolver otros aspectos.

“Si bien consideramos que reformar el tipo penal de feminicidio siempre debe buscar una mejor regulación en beneficio de las víctimas y facilitarles su acceso a la justicia, también es importante tener en cuenta que el aumento de las penas y el establecimiento de agravantes no beneficia de modo alguno a la prevención e inhibición del delito.”

Destacó que el mayor problema que enfrentan las víctimas del delito “no es la inadecuada tipificación del tipo penal, sino la deficiencia de las investigaciones, lo que en muchos casos tiene como consecuencia directa la impunidad”.

Faltan infraestructura y personal capacitado

Recomendó que, si en realidad se busca beneficiar a las víctimas directas e indirectas de feminicidio, “antes de una reforma al tipo penal, resulta urgente y necesario realizar un análisis y una propuesta de mejora para las fiscalías de investigación, de tal forma que puedan contar con la infraestructura y con el personal necesario y capacitado para realizar investigaciones con la debida diligencia y con perspectiva de género”.

Cualquier búsqueda efectiva y real de apoyo a las víctimas de feminicidio requiere entrar al debate sobre las deficiencias en la procuración de justicia y en las investigaciones y la manera de mejorarlas, incluso antes de un análisis de la reforma al propio tipo penal de feminicidio, insistió.

El OCNF indicó que si se busca mejorar la regulación estipulada en el tipo penal, “consideramos necesario y adecuado realizar un estudio de derecho comparado que tome en cuenta a todas las leyes estatales y la federal, a fin de revisar las razones de género con una finalidad de mejora regulatoria, lo que implica analizar cada una de dichas razones de género, las fracciones que las norman, así como aquellas que no se encuentran reguladas dentro del estado”.

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